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16.Mar.2017 / 06:29 am / Comentarios desactivados en Prohibición de circulación de vehículos con más de tres ejes por T-007 y L-001 debe respetarse

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Gobierno de Mérida solicita apoyo a esta medida

Prohibición de circulación de vehículos con más de tres ejes por T-007 y L-001 debe respetarse

*** Es importante destacar que en esas vías se han registrado accidentes de tránsito con resultados lamentables, lo cual constituye un riesgo para los ciudadanos que circulan por la misma.

En el Artículo 2 del Decreto 075 del seis de marzo de 2017, emanado de la Gobernación del estado Bolivariano de Mérida, se destaca que “solo se permitirá el paso normal a los vehículos de carga con un máximo de tres ejes y con carga máxima de 14 toneladas y altura no mayores a 3,50m”.

Recordatorio que hace el Gobierno del estado Bolivariano de Mérida, desde donde solicitan todo el apoyo de los conductores que regularmente usan la Troncal 007 (tramo Vuelta de Lola –  límite Trujillo); y la Local 001 (tramo límite Barinas – Apartaderos), para transportar sus cargas desde y hacia la entidad.

Esto tomando en cuenta que vehículos con más ejes y carga, así como altura, son los que han ido deteriorando esas vías tan importantes de entrada y salida del estado que están en el Páramo, por donde llegan muchos de los visitantes que escogen Mérida como su destino para vacacionar.

De allí que el gobernador Alexis Ramírez, preocupado por esa situación, giró instrucciones para la elaboración de este decreto; ya que es una atribución del Poder Público Estadal el mantenimiento, manejo y rendimiento de los accesos terrestres de la entidad.

Es importante destacar que, como consecuencia de la circulación de vehículos no autorizados por la T-007 y la L-001, en esas vías se han registrado accidentes de tránsito con resultados lamentables, lo cual constituye un riesgo para los ciudadanos que circulan por las mismas.

En la normativa se establece además, que en la zona se harán operativos regularmente, organizados por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (Intt), para controlar el paso de los vehículos no autorizados, en los cuales se integrarán la Guardia Nacional Bolivariana, Policía del estado y Cuerpo de Bomberos, entre otros organismos de seguridad.

Este decreto deroga el No. 382 del 19 de agosto de 2014, publicado en Gaceta Oficial Extraordinaria de esa misma fecha. A los vehículos que excedan lo establecido en el Artículo 2 del actual se les aplicará la multa a que haya lugar en este tipo de casos.

Se destaca además, en su Artículo 9, que se permite solo la circulación de transporte de tamaño y carga a los señalados en el 2 por esas vías, de 6:00 am a 6:00 pm, únicamente por 180 días continuos, a partir de la publicación de esta resolución en Gaceta Oficial del estado, mientras se difunda el mismo.

(OCI/María C. Sulbarán).

Fotos OCI